Según lo estipulado en la Orden Ministerial 16/V-122, la tramitación de la baja definitiva de todos los vehículos sólo puede llevarse a cabo en los Centros Autorizados de Tratamiento (CATs)
¿QUÉ HAGO PARA DAR DE BAJA MI VEHÍCULO?

Hemos sido autorizados por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental como Centro Autorizado para el Tratamiento de Vehículos con número de Inscripción AR-CAT 9, para el trámite de la baja de vehículos dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 20/2017 (turismos e industriales de menos de 3.500 Kg) emitiendo un «Certificado de Destrucción”.
De igual manera hemos actualizado nuestra Autorización de Gestor de Residuos Peligrosos AR GRP 9 para la tramitación de bajas de vehículos no afectados por el Real Decreto 20/2017, emitiendo en estos casos un «Certificado de Tratamiento Medioambiental».
Hemos sido autorizados por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental como Centro Autorizado para el Tratamiento de Vehículos con número de Inscripción AR-CAT 9, para el trámite de la baja de vehículos dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 20/2017 (turismos e industriales de menos de 3.500 Kg) emitiendo un «Certificado de Destrucción”.
De igual manera hemos actualizado nuestra Autorización de Gestor de Residuos Peligrosos AR GRP 9 para la tramitación de bajas de vehículos no afectados por el Real Decreto 20/2017, emitiendo en estos casos un «Certificado de Tratamiento Medioambiental».
